Protocolo de atención al ciudadano y ventanilla única virtual para recepción de documentos, como medida para contener el COVID-19 en la “Fase de aislamiento selectivo y distanciamiento individual responsable”
En atención a los lineamientos del Gobierno Nacional y las recomendaciones del Ministerio de Salud y Protección Social en relación con la crisis sanitaria mundial y de acuerdo con la Circular 0018 del 10 de marzo de 2020, que determinó que las entidades del sector público y privado, de acuerdo con las funciones que cumplen y la naturaleza de la actividad productiva que desarrollan, en el marco de los Sistemas de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo, debían diseñar medidas específicas y redoblar los esfuerzos para la contención y mitigación del coronavirus, en coherencia con lo anterior y pensando en el bienestar de la ciudadanía y de sus usuarios, la Universidad de los Llanos suspendió temporalmente la atención presencial en todas sus oficinas, al tiempo que ha venido implementado y fomentando medidas de protección y autocuidado, por lo tanto recuerda a sus usuarios, que están dispuestos los canales virtuales para la presentación y atención de las peticiones, quejas, reclamos, denuncias y solicitudes de información pública, así:
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Trámites, recepción de solicitudes de información, radicación de documentos, y correspondencia en general, se realiza a través de la ventanilla única virtual Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
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Las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias así como las solicitudes de información relacionadas con trámites internos, se continuarán tramitando a través del módulo PQRSD en la página web institucional MAIL: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
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De igual forma, se continuará prestando orientación personalizada a través Chat en línea que se encuentra habilitado en la página web, https://www.unillanos.edu.co/livezilla/chat.php?a=30c6e, en el horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 5:30 p.m. y a través de las siguientes líneas telefónicas:
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Línea de atención gratuita nacional: 01 8000 918641, de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 5:30 p.m.
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Conmutador: +57 (8) 6616800 extensión 101, de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 5:30 p.m.
Términos de respuesta durante la emergencia económica, social y ecológica
De igual manera, se recuerda que los términos de respuesta a las peticiones que presentan los particulares ante la Administración y particulares que ejercen funciones públicas durante el estado de Emergencia Económica Social y Ecológica, fueron ampliados, según se establece en el artículo 5 del Decreto 491 de 2020, así:
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Salvo norma especial toda petición deberá resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción.
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Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los veinte (20) días siguientes a su recepción.
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Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta y cinco (35) días siguientes a su recepción.
Cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en los plazos aquí señalados, la autoridad debe informar esta circunstancia al interesado, antes del vencimiento del término señalado en el presente artículo expresando los motivos de la demora y señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá o dará respuesta, que no podrá exceder del doble del inicialmente previsto en este artículo. En los demás aspectos se aplicará lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011.