El Gobierno Nacional se ha preocupado por dar lineamientos enmarcados en una serie de normas y reglamentación, para guiar a las entidades en la implementación de servicios de atención al ciudadano adecuados, que permitan facilitar el desarrollo de trámites y servicios, en especial aquellos que tienen que ver con la gestión de Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias, - PQRSD, como se muestra a continuación:
Normas Generales
Normas Generales
Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo ( artículo 7°)
Ley 1474 de 2011, Estatuto Anticorrupción (artículo 76)
Ley 1755 de 2015, Por la cual se regula el derecho fundamental de petición.
Ley 2080 de 2021, Por la cual se reforma el código de procedimiento administrativo
De conformidad con el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo." Que señala: "Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso", se realizan las siguientes notificaciones:
Oficio Radicado No.
Fecha de la publicación
Dirigido a
Motivo de la notificación por aviso
Notificación
No Registra
11/03/2023
N/A
Notificación no exitosa en dirección electrónica suministrada por el peticionario.
X
PQRSD Anónima
No Registra
10/04/2024
N/A
Notificación no exitosa en dirección electrónica suministrada por el peticionario.
X
PQRSD Anónima
No Registra
2/12/2024
N/A
Notificación no exitosa en dirección electrónica suministrada por el peticionario.
Si la denuncia se refiere a posibles hechos de corrupción de servidores públicos de la Universidad de los Llanos, por favor lea la siguiente información:
¿Qué es una denuncia? Es el relato que un ciudadano realiza, en cumplimiento de su deber de solidaridad, para enterar a las autoridades de la existencia de hechos irregulares, con el fin de activar los mecanismos de investigación y sanción.
¿Quiénes son servidores públicos? El artículo 123 de la Constitución Política de Colombia establece que: “Son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios”. En el mismo artículo se reconoce la posibilidad de que algunos particulares desempeñen temporalmente funciones públicas.
¿Qué se entiende por corrupción? La corrupción se describe como el fenómeno que atenta contra la dignidad de una persona, grupo o nación, que se atribuye al servidor público que en el ejercicio de sus funciones obtiene un beneficio particular para él o para un tercero, por ejemplo: beneficios pecuniarios, políticos, o de posición social.
Tenga en cuenta lo siguiente, cuando presente su denuncia:
Presente una relación clara, detallada y precisa de los hechos de los cuales tiene conocimiento.
En lo posible, exprese cómo ocurrieron los hechos, dónde y cuándo.
Señale quién o quiénes lo hicieron, si es de su conocimiento.
Adjunte las evidencias que sustentan su relato, en caso de tenerlas.
Suministre su nombre y dirección de residencia o teléfono para contactarlo en el evento de ser necesario o para mantenerlo informado del curso de su denuncia.
Denuncia anónima
Para presentar la denuncia de forma anónima, asegúrese de que esta amerite credibilidad y acompáñela de evidencias que permitan orientar la investigación.
Informe si los hechos han sido puestos en conocimiento de otra autoridad, indique cuál.
Siempre que el denunciante radique su queja mediante el canal virtual Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., su identidad será protegida en la actuación disciplinaria. Si lo hace por otro canal, en el momento de formular la queja o denuncia, el ciudadano deberá manifestar su deseo de que se proteja su identidad.
¿Cómo presentar su denuncia?
Canal virtual La Universidad de los Llanos, atendiendo los lineamientos de la Red Interinstitucional de Transparencia y Anticorrupción (RITA), liderada por la Vicepresidencia de la República a través de la Secretaría de Transparencia, creó un nuevo canal para recibir denuncias ante posibles hechos de corrupción.
Por medio del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., la ciudadanía podrá contactarse directamente con la entidad y exponer, con toda confianza, aquellas actuaciones que considere que atentan contra el principio de transparencia que nos rige.
Atención presencial
Radicando su denuncia por escrito en la Ventanilla de Correspondencia ubicada en la sede Barcelona, km. 12 vía a Puerto López, Villavicencio.
Instrumento archivístico que permite la normalización de las series, subseries y tipos documentales a través de lenguajes controlados y estructuras terminológicas archivogeneral.gov.co/bandos-terminológicos.