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En atención al principio de autonomía universitaria y de conformidad con la Sentencia C – 560 del 17 de mayo de 2000, la Universidad de los Llanos se excluye del régimen general de carrera administrativa y en consecuencia, mediante el Acuerdo Superior 016 de 2002 expidió el primer Estatuto Administrativo, modificado posteriormente por el Acuerdo Superior 007 de 2005; el cual en su Título II, define la carrera administrativa como un “sistema técnico de administración de personal, que tiene por objeto garantizar la eficiencia de la administración dentro de la Universidad Pública y ofrecer igualdad de oportunidades para el acceso al servicio en la Universidad, la capacitación, la estabilidad en los empleos y la posibilidad de ascenso”. Esta norma interna es aplicable a los empleados públicos no docentes que prestan sus servicios a la Universidad de los Llanos y que desempeñan cargos que ésta ha definido como cargos de carrera administrativa.

El ingreso a la carrera administrativa en la Universidad de los Llanos se realiza bajo los principios de igualdad y del mérito.

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