Normativa

Artículo 29 de la Constitución

Las acusaciones formuladas al presentar una queja por los medios dispuestos en esta página, no generan responsabilidad disciplinaria o de cualquier otra índole para quienes fueren señalados como presuntos implicados, en razón a que toda persona se presume inocente mientras no sea declarada culpable mediante fallo debidamente ejecutoriado, conforme lo disponen los artículos 29 de la Constitución.

Artículo 9° de la Ley 734 de 2002.

Las acusaciones formuladas al presentar una queja por los medios dispuestos en esta página, no generan responsabilidad disciplinaria o de cualquier otra índole para quienes fueren señalados como presuntos implicados, en razón a que toda persona se presume inocente mientras no sea declarada culpable mediante fallo debidamente ejecutoriado, conforme lo disponen el artículo 9° de la ley 734 de 2002.




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